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Published online by Cambridge University Press: 23 March 2011
Las familias tienen derecho a conocer la suerte de sus miembros (P. I, art. 32).
Cada Parte en conflicto debe buscar a las personas cuya desaparición haya señalado una Parte adversa y comunicar todas las informaciones pertinentes sobre las personas de que se trate (P.I, art. 33).