No CrossRef data available.
Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
Como toda rama del derecho, el derecho international humanitario fue concebido no como un conjunto de normas abstractas, sino como un conjunto de normas definidas para aplicarse en la realidad; esto se reafirmó en el artículo 1 común a los Convenios de Ginebra de 1949, en el que se estipula la obligatión que las Altas Partes Contratantes tienen de respetar y de hacer respetar esos acuerdos en todas las circunstancias.
1 Cfr. informes titulados «Respeto de los Convenios de Ginebra. Medidas adoptadas para reprimir las infracciones», presentados por el CICR a la XX Conferencia Internacional de la Cruz Roja (Viena, 1965) y a la XXI Conferencia Internacional de la Cruz Roja (Estambul, 1969), respectivamente. En otras ocasiones, el CICR también recabó información sobre las medidas tomadas por los Estados en materia de protectión del emblema y del nombre de la cruz roja y de la media luna roja.