Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
Los cincuenta anos transcurridos después de finalizada la Segunda Guerra Mundial se han caracterizado por una multitud de conflictos armados que han afectado a todos los continentes.
Durante esos conflictos, los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 —en particular el artículo 3 común a los cuatro Convenios, aplicable a los conflictos armados no internacionales—, así como los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra (aprobados el 8 de junio de 1977) han prestado inestimables servicios garantizando la protección jurídica debida a las víctimas de la guerra: heridos y enfermos de las fuerzas armadas en campaña; heridos, enfermos y náufragos de las fuerzas navales; prisioneros de guerra y población civil.
Sin embargo, también se han comprobado innumerables violaciones de esos Convenios o de las exigencias humanitarias fundamentals; actos que nan ocasionado muertes y sufrimientos que podrían haberse evitado si se hubieran respetado las leyes y las costumbres de la guerra, y que han dificultado el retorno a la paz.
page 209 note 1 Informe 95/C.I/2/2 (Ginebra, 1995)
page 211 note 1 La Conferencia, reunida en Ginebra los días 30 de agosto y 1 de septiembre de 1993, fiie convocada por el Gobierno suizo, actuando como depositario de los Convenios de Ginebra y de sus Protocolos adicionales, tras una iniciativa del Comité Internacional de la Cruz Roja.
2 Véanse, en particular, «Medidas nacionales de aplicación del derecho internacional humanitario. Rcsolución V de la XXV Conferencia Internacional (Ginebra, 1986). Gestiones escritas del CICR», CICR, Ginebra, octubre de 1991Google Scholar; «Aplicación del derecho internacional humanitario. Medidas nacionales». CICR, doc C.I/4.1/1.
3 Véase nota más arriba.
4 Véase, más arriba, nota 2 p. 10.
5 Véase, más arriba, nota 2, p. 10.