Hostname: page-component-78c5997874-94fs2 Total loading time: 0 Render date: 2024-11-05T12:31:34.069Z Has data issue: false hasContentIssue false

Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados internacionales (Protocolo I) — Anexo I – Reglamento relativo a la identificación (enmendado el 30 de noviembre de 1993)

Published online by Cambridge University Press:  29 January 2010

Extract

Artículo 1 — Disposiciones generates (nuevo artículo)

1. Mediante las normas que atañen a la identificación en este Anexo, se refrendan las disposkiones pertinentes de los Convenios de Ginebra y del Protocolo; su finalidad es facilitar la identificación del personal, del material, de las unidades, de los medios de transporte y de las instalaciones protegidas por los Convenios de Ginebra y el Protocolo.

2. En estas normas, como tales, no se determina el derecho a la protección, que se rige por los articulos pertinentes de los Convenios y del Protocolo.

3. Las autoridades competentes pueden, reservadas las disposiciones pertinentes de los Convenios de Ginebra y del Protocolo, reglamentar en todas las circunstancias la utilization, el despliegue y la iluminación de los signos V señales distintivos, así como la posibilidad de detectarlos.

Type
Identificación
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1994

Access options

Get access to the full version of this content by using one of the access options below. (Log in options will check for institutional or personal access. Content may require purchase if you do not have access.)