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Significación del término «humanitario» a la luz de los Principios Fundamentales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja

Published online by Cambridge University Press:  29 January 2010

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Se ha afirmado, con razón, que la Cruz Roja y la Media Luna Roja no representan ni una filosofía ni una moral. Los Principios Fundamentales y el derecho internacional humanitario no proponen una visión sistemática de la naturaleza humana o un catálogo de los derechos y deberes morales de los miembros del Movimiento. La Cruz Roja no toma partido por una ideología o un sistema político. Al contrario, su alto grado de universalidad le permite, aunque con resultados variables, adaptarse, e incluso influenciar, a cualquier régimen u orientación política en una perspectiva humanitaria. Esta facultad es la consecuencia, principalmente, del respeto del principio de neutralidad.

En ese sentido, el principio de neutralidad es un elemento positivo: rehusando identificarse a una ideología, religion o concepción filosófica, la Cruz Roja conserva su libertad para servir al ser humano, dondequiera que se encuentre y quienquiera que sea.

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Acerca de los Principios Fundamentales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1989

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References

1 Harroff-Tavel, Marion, «La doctrina de la Cruz Roja y, en particular, del CICR» en Difusión nº 2, agosto de 1985, p. 7Google Scholar.

2 Pictet, Jean, Desarrollo y principios del derecho internacional humanitario, Institute Henry Dunant, Ginebra, 1986, p. 13Google Scholar.

3 Pictet, Jean (director de la edición), Commentaire de la lre Convention de Genève de 1949 pour l'amélioration du sort des blessés et des malades dans les forces armées en campagne, CICR, Ginebra, 1952, p. 122Google Scholar.

4 Idem, p. 119.

5 Sandoz, Y., ChSwinarski, , Zimmermann, B. (eds.), Commentaire des Protocoles additionnels du 8 juin 1977 aux Conventions de Genève du 12 août 1949, M. Nijhoff y CICR, Ginebra, 1986. Ad. art. 81 del Protocolo I, p. 969, párr. 3337Google Scholar.

6 Sandoz, Y., «Le droit d'initiative du Comité international de la Croix-Rouge», GYL 22 (1979), pp. p352373; véase p. 368Google Scholar.

7 Véase Torrelli, Maurice, Le médecin et les droits de l'homme, Berger-Levrault, París, 1983Google Scholar.

8 Véase el artículo del profesorKalshoven, F., mencionado a continuación. referente a este asunto: «Imparcialidad y neutralidad en el derecho humanitario y en la practica», p. 548, y notas 1 y 4Google Scholar.

9 En su artículo «Neutralidad e imparcialidad — De la importancia y la dificultad, para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, de guiarse por estos principios», Marion Harroff-Tavel explica más en detalle ese punto. Remitimos al lectora dicho artfculo (véase p. 569).

10 Véanse, en particular, los artículos de Théodor Meron y de Hans Peter Gasser en el número de la Revista Internacional de la Cruz Roja dedicado a la cuestión de los disturbios y las tensiones interiores, RICR nº 85, enero-febrero de 1988Google Scholar.