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Refugiados y personas desplazadas — Derecho internacional humanitario y cometido del CICR

Published online by Cambridge University Press:  29 January 2010

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La finalidad de este breve análisis es, ante todo, hacer resaltar la importancia que tienen el derecho internacional humanitario y, en particular, los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos adicionales de 1977 para los refugiados y las personas desplazadas en su propio país (en adelante, personas desplazadas). Esta rama del derecho internacional no solo protege a esas categorías de personas cuando son víctimas de conflictos armados, sino que, además, sus normas, aplicadas escrupulosamente, permitirían impedir la mayoría de los desplazamientos.

Por otra parte, conviene señalar el cometido particular que desempeña el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) en favor de los refugiados y de las personas desplazadas, cometido en el que se aúnan la intervención jurídica y las actividades operacionales. Asimismo, se describe el cometido de los demás componentes del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (en adelante, el Movimiento).

Comenzaremos recordando algunas nociones de base del derecho internacional humanitario, para hablar, luego, brevemente, del cometido del CICR, y tratar el problema de los refugiados y de las personas desplazadas desde los puntos de vista jurídico e institucional. Para finalizar, haremos algunas observaciones en cuanto a la reflexíon en curso sobre las personas desplazadas.

Type
Refugiados y Personas Desplazadas
Copyright
Copyright © International Committee of the Red Cross 1995

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References

1 El Movimiento Intemacional está integrado por el CICR, por 163 Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y por la Federación Intemacional de Sociedades de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja (en adelante, Federación).

2 Al lector que desee mejorar sus conocimientos al respecto recomendamos las siguientes obras: Hans-Peter Gasser, Le droit internacional humanitaire, en: Haug, Hans, Humanité pour tous, Instituto Henry Dunant/Haupt, 1993;Google ScholarKalshoven, Frits, Restrictions à la conduite de la guerre, CICR, 1991Google Scholar.

3 Estados Partes en 31.3.1995: 185.

4 Estados Partes en 31.3.1995: Protocolo I, 137 Estados, Protocolo II, 127 Estados.

5 El artículo 3 común contiene varios principios fundamentals que se considera son aplicables en cualquier siruación de conflicto armado; es, por sí solo, un «Mini Convenio» El Protocolo II tiene un mayor umbral de aplicación que el art. 3: es necesario que la oposición armada ejerza, sobre parte del territorio, un control que le permita efectuar operaciones militares continuas y concertadas.

6 El texto del art. 1, común a los Convenios de Ginebra, dice: «Las Altas Partes Contratantes se comprometen a respetar y a hacer respetar el presente Convenio en todas las circunstancias» (subrayado añadido). Véase, asimismo, el art. 89 del Protocolo I, en virtud del cual, en situaciones de violaciones graves, los Estados se comprometen a actuar, en cooperación con las Naciones Unidas.

7 Se trata del principio de la jurisdicción universal. Las infracciones graves (crímenes de guerra) están definidas en cada uno de los cuatro Convenios de Ginebra (art. 50, I; art. 51, II; art. 130, III; art. 147, IV) y en el Protocolo I (arts. 11 y 85).

8 También denominada «Declaración de Turku» Publicada en la Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 105, mayo-junio de 1991, pp. 351 y ssGoogle Scholar.

9 Artículo 5, párr. 2, let. c) de los Estatutos del Movimiento, revisados el año 1986, por la XXV Conferencia Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja. Conviene señalar que los Estados Partes en los Convenios de Ginebra participan con pleno derecho en esas conferencias internacionales y que, tomando parte en la aprobación de los Estatutos, expresan su voluntad de asignar tareas precisas a los distintos componentes del Movimiento.

10 El CICR denuncia las graves violaciones de que sea objeto el derecho humanitario cuando todas las demás gestiones hayan resultado vanas, y cuando la denuncia se realice en interés de las víctimas. Véase «Gestiones del Comité Internacional de la Cruz Roja en caso de violaciones contra el derecho internacional humanitario», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 44, marzo-abril de 1981, pp. 79 y ssGoogle Scholar.

11 Artículos 126, III Convenio, y 143, IV Convenio. En esas disposiciones se incluyen los siguientes criterios para las visitas: acceso a todas las personas protegidas, derecho a conversar con ellas sin testigos, derecho a repetir las visitas.

12 Artículos 9,1 Convenio; 9, II Convenio; 9, III Convenio, 10, IV Convenio; artículo 81, Protocolo I de 1977. Por lo que atañe a los conflictos armados no internacionales, artículo 3, común a los cuatro Convenios.

13 Artículos 10, I Convenio; 10, II Convenio; 10, III Convenio; 11, IV Convenio; artículo 5, Protocolo I. En la práctica, el CICR se basa, más bien, en su derecho de iniciativa.

14 Artículo 5, párr. 2, let. d) de los Estatutos del Movimiento.

15 Para más información, véase Harroff-Tavel, Marion, «La acción del Comité Internacional de la Cruz Roja ante las situaciones de violencia interna, en Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 117, mayo-junio de 1993, pp. 205 y ssGoogle Scholar.

16 La acción del Movimiento se guía por los siguientes Principios Fundamentales: humanidad, imparcialidad, neutralidad, independencia, voluntariado, unidad y universalidad.

17 Artículo 5, párr. 2, let. e) de los Estatutos del Movimiento. La Agencia Central de Busquedas tiende, en particular, a restablecer y mantener el contacto entre familiars separados a causa de un conflicto o de disturbios, así como a reunir a los miembros de familias dispersadas.

18 Artículo 5, párr. 3, de los Estatutos del Movimiento.

19 Resoluci6n 45/6 del 16–10–90. Cf. Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 102, noviembre-diciembre de 1990, pp. 624 y ssGoogle Scholar.

20 En los Acuerdos de sede se prevé, en particular, la inmunidad de jurisdicción y la inviolabilidad de los locales y de los archivos. Los delegados del CICR se benefician generalmente de la inmunidad diplornática.

21 Artículo 1 de la Convención sobre los Refugiados, del 28 de julio de 1951; artículo 1 del Protocolo relativo al Estatuto de los Refugiados, del 31 de enero de 1967. Esta definición fue ampliada en la Convención de la Organización para la Unidad Africana que rige los aspectos propios a los problemas de los refugiados en àfrica, del 10.9.1969, para incluir, en particular, a las personas que hayan huído a causa de un conflicto armado o de disturbios.

22 Esas situaciones son frecuentes: por ejemplo, los refugiados afganos en Pakistán y en Irán; los refugiados irakíes en Irán durante la Guerra del Golfo; los refugiados ruandeses en Zaire, Burundi y Tanzania.

23 Véase Krill, Françhise, «La acción del CICR en favor de los refugiados», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 88, julio-agosto de 1988, pp. 344 y ssCrossRefGoogle Scholar.

24 Durante el conflicto entre Irak e Irán, el CICR se ocupó de los refugiados ironíes que se hallaban en Irak, encargándose incluso de su instalación en terceros países. A raíz de la Guerra del Golfo, el CICR visitó, asimismo, a más de 20.000 irakíes internados en el campamento de Rafha (Arabia Saudí); las actividades del CICR y del ACNUR eran complementarias.

25 El CICR ha intervenido en varias ocasiones durante la fase inicial de la llegada de los refugiados, por ejemplo, en los casos siguientes: refugiados kurdos irakíes en Irán al téimino de la Guerra del Golfo (1991); refugiados ruandeses en Gomá (Zaire) y Ngara (Tanzania), el año 1994. En ausencia del ACNUR, el CICR se ocupó de refugiados mozambiqueños en Sudáfrica, así como de refugiados iraníes en Irak durante la Guerra entre Irak e Irán.

26 Por ejemplo, hospitales para los refugiados afganos en Peshawar y Quetta (Pakistán), y para los refugiados camboyaños en Tailandia.

27 Por ejemplo, el CICR emprendió una operaci6n de envergadura en la frontera entre Tailandia y Camboya en favor de los refugiados camboyanos. Véase René Kosirnik, «Droit internacional humanitaire et protection des camps de réiugiés», en: Etudes et essais sur le droit internacional humanitaire et sur les principes de la Croix-Rouge, en l'honneur de Jean Pictet, CICR, Ginebra; Nijhoff Publishers, La Haja, 1984, pp. 387 y ssGoogle Scholar.

28 En cambio, el CICR supervisó recientemente importantes operaciones de repatriación, en particular, de prisioneros de guerra, entre Irak e Irán (año 1990; 79.000 prisioneros, aproximadamente) y entre Arabia Saudí e Irak (año 1991; 80.000 prisioneros, aproximadamente). El CICR se cercioró de que cada prisionero de guerra aceptaba ser repatriado.

29 El CICR ha demostrado su preocupación, en particular, con respecto a la repatriación de refugiados hacia Afganistán, Camboya, Croacia, Bosnia-Herzegovina y Ruanda. Por lo que atañe a Camboya, véase el memorándum del CICR del 14.11.1990, publicado parcialmente en: Maurice, Frédéric y Courten, Jean de, «La acción del CICR en favor de los refugiados y de las personas civiles desplazadas», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 103, enero-febrero de 1991, pp. 9 y ssGoogle Scholar.

30 Art. 49, IV Convenio. Excepcionalmente, la Potencia ocupante podrá efectuar evacuaciones, si asi lo requieren la seguridad de la población o imperiosas rezones militares. Las personas así evacuadas serán devueltas a su hogar tan pronto como hayan cesado las hostilidades en ese sector.

31 Véase Plattner, Denise, «La protección de las personas desplazadas en un conflicto armado no internacional», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 114, noviembre-diciembre de 1992, pp. 601 y ssGoogle Scholar.

32 Art. 18, párr. 2, Protocolo II. Si se reúnen las condiciones, en principio, el Estado debe dar su consentimiento. Por lo que atañe a las acciones de socorro en el derecho humanitario, véase Plattner, Denise, «La asistencia a la población civil en el derecho internacional humanitario: evolución y actualidad», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 111, mayo-junio de 1992, pp. 267 y ssCrossRefGoogle Scholar.

33 La población civil puede sufrir daños colaterales o incidentales; Véase art. 51, párr. 5 y art. 57, párr. 2, Protocolo I. Un ataque será prohibido interrumpido si es de prever que las pérdidas de vidas humanas entre la población civil serán excesivas con respecto a la ventaja militar concreta y directa prevista (principio de proporcionalidad).

34 Vóase Frédéric Maurice y Jean de Courten, «La acción del CICR en favor de los refugiados y de las personas civiles desplazadas», op. cit.

35 Cf. Marion Harroff-Tavel, «La acción del Comité Internacional de la Cruz Roja ante las situaciones de violencia intema», op. cit.

36 La finalidad de esas visitas es comprobar las condiciones de detención y el trato que reciben los detenidos. El año 1994, el CICR visitó a más de 90.000 detenidos en 2.470 lugares de detenci6n de 58 países.

37 En 1994, el CICR distribuyó 167.000 toneladas de asistencia de todo tipo en 45 países.

38 En 1994, la Agencia Central de Búsquedas organizó el intercambio, en particularr, de 7.721.650 mensajes entre familiares separados.

39 Véase Blondel, Jean-Luc, «La asistencia a las personas protegidas», en: Revista Internacional de la Cruz Roja, nº 83, septiembre-octubre de 1987, pp. 477 y ssCrossRefGoogle Scholar.

40 La ayuda material del CICR, esencialmente artículos alimenticios y rehabilitación agrícola, está asimismo destinada a los grupos especialmente vulnerables de la población residente y, de forma puntual, a los repatriados del extranjero. En Ruanda, el CICR despliega también las siguientes actividades: visitas a las personas privadas de libertad; restablecimiento de contactos familiares, en particular, registro de datos de los niños no acompanados, rehabilitación del sistema de abastecimiento de agua potable y programás meclicos de base.

41 Con respecto a la protección de personas civiles, véanse art. 14, IV Convenio («zonas y localidades sanitarias y de seguridad»), art. 15, IV Convenio («zonas neutralizadas »), art. 59, Protocolo I («localidades no defendidas»), art. 60, Protocolo I («zonas desmilitarizadas»). Para más information sobre la cuestión, Véase Yves Sandoz, «The Establishment of Safety Zones for Persons Displaced within their country of Origin», ponencia presentada en la Conferencia sobre cuestiones jurídicas internacionales en el marco del decenio de las Naciones Unidas en favor del derecho internacional, Dhoha, Qatar, 22–25 de marzo de 1994.

42 El Consejo de Delegados es el órgano estatutario en el que se reúnen los components del Movimiento para debatir cuestiones que conciernen al Movimiento en su conjunto.

43 Art. 5, párr. 4, de los Estatutos del Movimiento; arts. 18 y 20 del Acuerdo de 1989.

44 Art. 19 del Acuerdo de 1989.

45 Se calcula que el número de personas desplazadas se eleva a 25 millones o más, aunque la noción de personas desplazadas no está claramente definida. Las causas de los Adedesplazamientos pueden, efectivamente, ser muy diversas: conflicto armado, disturbios, represión, catástrofes naturales, condiciones socioeconómicas, construcción de infraestructuras, por ejemplo, de presas hidroeléctricas, etc.

46 Véase, en particular, su último informe a la Comisión de Derechos Humaños, del 2–2–1995 (ref. E/CN.4/1995/50).

47 El Departamento de Asuntos Humanitarios designó un grupo de trabajo interagencias sobre las personas desplazadas.

48 Institute Ludwig Boltzmann para los derechos humanos (Austria); American Society of Internacional Law e Internacional Human Rights Law Group (Estados Unidos).

49 Refugee Policy Group (Estados Unidos) y Norwegian Refugee Council (Noruega).

50 Véase la respuesta del CICR, de noviembre de 1992 al señor Deng, publicada en este mismo número de la Revista, p. …Google Scholar

51 Vóase Código de Conducta relativo al socorro en casos de desastre para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y para las Organizations no gubernamentales (ONG)INormas de conducta para el Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja y las organizaciones no gubernamentales (ONG) en programas motivados por catástrofes.

52 A fin de mejorar el respeto del derecho humanitario, el Gobierno suizo organizó, el añ o 1993, por iniciativa del CICR, la Conferencia Internacional para la protección de las víctimas de la guerra. La próxima Conferencia Intemacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja, que se celebrará en Ginebra, el mes de diciembre de 1995, tratará asimismo de las medidas que se han de tomar para conseguir un mejor respeto del derecho internacional humanitario.