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Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
El derecho internacional humanitario y los derechos humanos tienen un objetivo común: la protección de la persona humana y el respeto de su dignidad. No obstante, esas dos ramas del derecho international público son de índole y de origen distintos y han evolucionado de diferente forma.
Sin embargo, los cambios ocurridos en el mundo desde la Segunda Guerra Mundial, la irresistible escalada, estos últimos decenios, de la violencia y de la miseria y, por consecuencia, la necesidad de garantizar una mejor protección a las víctimas —cada vez más numerosas— de las violaciones de los derechos fundamentales de la persona humana han contribuido no solo al desarrollo sino también al acercamiento paulatino de ambos sistemas, «esas dos pobres muletas en las que las víctimas desarmadas deben apoyarse simultáneamente», segtún la expresión metafórica de Karel Vasak. Este experto llegó incluso a considerar, en 1984, que «el encuentro de los dos derechos… se ha convertido hoy en una verdadera interpenetración tanto en los textos… como, cada vez con más frecuencia, en su aplicación».
¿Cabe hablar de interpenetración de los dos derechos? Se trata más bien de similitudes y de influencias recíprocas. Varios acontecimientos marcaron la tendencia al acercamiento de ambos sistemas; la aprobación, en 1949, de los Convenios de Ginebra extendió, en cierto modo, los límites del derecho humanitario a los conflictos de índole no internacional.
1 Vasak, Karel, «Pour une troisième génération des droits de l&homme» en Etudes et essais sur le droit international humanitaire et sur les principes de la Croix-Rouge en l&honneur de Jean Pictet, Christophe Swinarski, redactor, CICR; Martinus Nijhoff Publishers, Ginebra, La Haya, 1984, pp. 837–850, ad. 837.Google Scholar
2 Ibid.
3 Se trata aquí del «núcleo duro» de los derechos humanos: el derecho a la vida, la prohibición de la tortura y de los castigos o tratos inhumanos o degradantes, la prohibición de la esclavitud y de la servidumbre, así como el principio de legalidad y de no retroactividad.
4 Véase, más adelante, Doswald-Beck, Louise y Vité, Sylvain, «Derecho internacional humanitario y derecho de los derechos humanos»; pp. 99–126Google Scholar los autores, tras analizar los fundamentos filosóficos y la índole del derecho humanitario y de los derechos humanos y, así, haber puesto de relieve sus caracteres especifícos, examinan, con ejemplos, sus similitudes y su influencia recíproca en los textos y en la práctica.
5 Véase, más adelante, Weissbrodt, David y Hicks, Peggy L., «Aplicación de los derechos humanos y del derecho humanitario en caso de conflicto armado», pp. 127–147Google Scholar. Ambos autores estudian muy particularmente esos fenómenos de convergencia durante la aplicación de los derechos humanos y del derecho humanitario en situaciones conflictivas; confieren también mucha importancia al cometido del CICR, comparado al de las ONG.
6 Tal es el parecer de Peter Nobel, secretario general de la Cruz Roja Sueca, que presenta puntos de vista personales en el artículo «Contribución del Movimiento Internacional de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja al respeto de los derechos humanos», pp. 148–160Google Scholar. El autor es también presidente de la Subcomisión de Derechos Humanos de la Comisión sobre la Cruz Roja, la Media Luna Roja y la Paz.