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Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
El Comité Internacional de la Cruz Roja comunicó a las Sociedades nacionales, en carta circular Núm. 512, fechada el 20 de noviembre de 1978, las condiciones requeridas para presentar solicitudes de asignación en favor de delegados, enfermeros o enfermeras, que se hayan entregado con generosidad en el transcurso de su trabajo en operaciones de guerra o en catástrofes y que estén, por ello, en situación difícil o se vean disminuidos en su salud (artículo 2 del Reglamento del Fondo Francés Maurice de Madre, aprobado el 19 de diciembre de 1974, por la Asamblea del CICR).
Con objeto de facilitar la utilización de las cantidades puestas a disposición del CICR, de la Liga y de las Sociedades nacionales, el CICR decidió, a propuesta del Consejo del Fondo de Madre, modificar el Reglamento del Fondo del 19 de diciembre de 1974 (Revista Internacional de la Cruz Roja, Núm. 2, febrero de 1976, págs. 68 y 69).