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Antes, durante, después de la crisis
Published online by Cambridge University Press: 29 January 2010
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Desde el origen del derecho intemacional humanitario se ha reconocido la importancia de su difusión, que fue introducida como una obligación de los Estados en los Convenios de Ginebra de 1949 y en los Protocolos adicionales de 1977.
Tal medida resultaba, en primer lugar, de la comprobación de una evidencia: solo puede aplicarse el derecho si lo conocen quienes deben acatarlo y aplicarlo. El objetivo era doble; por un lado, utilitario: respetar, hacer respetar y, consiguientemente, prevenir las violaciones del derecho; por otro lado, moral: contribuir a la propagación de los ideales humanitarios y a un espíritu de paz entre los pueblos.
- Type
- Difusión y Prevención
- Information
- Copyright
- Copyright © International Committee of the Red Cross 1995
References
1 Resolución 21 «Difusión del derecho intemacional humanitario aplicable en los conflictos armados», aprobada por la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación y el Desarrollo del Derecho Intemacional Humanitario aplicable en los Conflictos Armados, 1977.
2 Sobre la evolución de los objetivos y de los métodos de la difusión, véase más adelante la reseña histórica de Jacques Meurant: «125 años de la Revista Internacional de la Cruz Roja o Cuando la memoria es fiel… — II — Las conquistas del derecho», pp. 309–334Google Scholar, ad pp. 320–323.Google Scholar
3 Véase, más adelante: «Ginebra, Nueva York, Washington — Difusión del derecho internacional para diplomáticos y funcionarios internacionales», pp. 385–387.
4 Véase, más adelante: «E1 Concurso Jean Pictet», pp. 369–375.
5 Véase, más adelante: «Prevención de los conflictos — La perspectiva humanitaria — XIX Mesa Redonda sobre los actuates problemas del derecho internacional humanitario (San Remo, 29 de agosto – 2 de septiembre de 1994), pp. 376–384.
6 Véase, más adelante, el artículo de Jean-Luc Chopard: «Difusión de las normas humanitarias y cooperación con las Sociedades Nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja al servicio de la prevención», pp. 268–287.
7 Ibid., p. 279.
8 Véase, más adelante, el artículo de François Grunewald, «De la prevención a la rehabilitación — Antes, durante y después de la urgencia — La experiencia del CICR en perspectiva», pp. 288–308.
9 Ibid., p. 308.